ESPECIALES

(ANS - Roma) - La historia de los Cooperadores Salesianos se remonta a la época de Don Bosco, quien desde el principio quiso colaborar con los laicos al servicio de la educación para los jóvenes. Desde 1850 los asoció a su misión, en el oratorio Valdocco, Turín.  Fue en 1876 que se reconoció su existencia oficial. Aquí hay una breve perfil de esta importante rama de la Familia Salesiana, caracterizada por su originalidad y especificidad.

(ANS – Roma) – Si se desea construir un hogar feliz se requiere sin duda la Paciencia, es una virtud fundamental para lograr hacer de la familia un lugar de encuentro y crecimiento reciproco. 

(ANS – Roma) – No hay duda que en el pensamiento de Don Bosco no había otra idea sino de entregarse a Dios por medio de los jóvenes. Había comprendido con pocos años de sacerdote que “si queremos tener una buena sociedad – escribía – debemos concentrar todos nuestros esfuerzos en educar a los jóvenes en el cristianismo. La experiencia me ha enseñado que cuidar de los jóvenes es el único camino para conseguir una sociedad civil sostenible”. Sin dudar un instante, sabiendo que era la voluntad de Dios, de Don Bosco funda la Congregación Salesiana y se puede considerar el 18 de diciembre de 1859 la “Fecha oficial de la fundación de la Sociedad de San Francisco de Sales” (M.B. VI, 335)

(ANS – Madrid) – El departamento de Pastoral de Juventud de la Conferencia Episcopal Española presentó la síntesis de las aportaciones recibidas para el próximo Sínodo sobre los Jóvenes. ¿Cómo es la relación de los jóvenes con la Iglesia? ¿Existen entornos propicios para el discernimiento vocacional? ¿Qué esperanzas albergan los jóvenes en la Europa de hoy? Estas fueron algunas preguntas que respondieron los jóvenes que aseguran, que son escuchados por la Iglesia, pero piden que dediquen más tiempo y más personas a escuchar a los jóvenes. 

InfoANS

ANS - “Agencia iNfo Salesiana” - es un periódico plurisemanal telemático, órgano de comunicación de la Congregación Salesiana, inscrito en el Registro de la Prensa del Tribunal de Roma, Nº. 153/2007.

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